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domingo, 10 de octubre de 2010

Antinomias

¿ÉSTAS SERÁN UNA EXCEPCIÓN EN LA LEGISLACIÓN QUE EMITE LA ALDF?
yO CREO QUE NO, SE PUEDEN CONSIDERAR UNA CONSTANTE, QUE SOBRE TODO OBEDECE A LA DESINFORMACIÓN.

Antinomia

Artículo de la Enciclopedia Libre Universal en Español.

|1|. En el ámbito del derecho, se entiende por antinomia jurídica o legal la incongruencia o contradicción real o aparente de las leyes con el sistema jurídico, o consigo mismas, o respecto de otras leyes, o de partes de ellas. Todo ordenamiento jurídico procura tener coherencia interna, es decir que una norma o dos normas aplicables al mismo caso no den soluciones contradictorias. Cuando ello sucede, se aplica en el caso concreto la norma anterior, o la de rango superior o la prevalencia de la especial sobre la general, si tales presupuestos no se dan, ocurre un «conflicto de leyes».
|2|. Contradicción entre dos proposiciones lógicas.

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